La presente Orden tiene por objeto regular la enseñanza bilingüe en los siguientes aspectos:
a) Los requisitos.
b) La ordenación y las funciones específicas del profesorado.
c) La organización y el funcionamiento.
d) Las normas específicas de aplicación a los centros docentes públicos.
Las normas contenidas en la presente Orden serán de aplicación en los centros docentes públicos y privados de la Comunidad Autónoma de Andalucía que sean autorizados a impartir enseñanzas bilingües por la Consejería competente en materia de educación.
Veamos algunas novedades que aporta esta Orden:
- La autorización como centro bilingüe se realizará por etapas educativas y afectará a todos los puestos escolares que el centro docente tenga autorizados en dichas etapas. De este modo lo que veníamos denominando "centros bilingües" lo serán realmente y no "secciones" de enseñanza bilingüe como ocurría en realidad.
- Se hace extensible la enseñanza bilingüe a los centros de titularidad privada: Procedimiento para su autorización. (BOJA, 12 de julio).
- El profesorado ha de tener acreditado el nivel B2, C1 o C2 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, para impartir las áreas, materias o módulos profesionales en la lengua extranjera de la enseñanza bilingüe. No sabemos aún de que tiempo dispondrán para conseguir dicha acreditación.
- Tendrán la consideración de centros plurilingües los centros bilingües que incorporen el aprendizaje de determinadas áreas, materias o módulos profesionales en una segunda lengua extranjera, L3. Para ser autorizados como centros plurilingües, deberán haber completado las enseñanzas bilingües en la etapa educativa correspondiente.
La Orden detalla también la ordenación de esta enseñanza así como las funciones específicas del profesorado de ANL (Áreas No Lingüísticas), de lengua castellana y del coordinador/a en el centro, la certificación acreditativa del alumnado (véanse los anexos a la orden), la organización del horario en cada una de las etapas educativas, las funciones del auxiliar de conversación y el modelo metodológico, curricular y organizativo donde destacamos:
- Seguimiento de las recomendaciones del Marco Europeo de Referencia para las Lenguas.
- Elaboración del currículo integrado de las lenguas así como materiales para la enseñanza integrada de contenidos en lengua extranjera.
- Diseño de tareas comunicativas en todas las lenguas.
- Establecimiento de vínculos entre las distintas lenguas, unificando la terminología lingüística y los planteamientos metodológicos basados en un enfoque comunicativo.